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El seudopartido verde y el “non bis in ídem”
Juan José Morales
Impacto Ambiental
Hay noticias sobre la demanda popular de que el Instituto Nacional Electoral cancele el registro del llamado Partido Verde Ecologista de México, el PVEM, debido a las sistemáticas violaciones a la ley que ha venido cometiendo durante los últimos meses —con las cuales logró una ventaja indebida en el proceso electoral— y su actitud desafiante ante la autoridad. La novedad es que el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Consejo General del INE que dicha petición —respaldada en sólo 25 días por más de 140 mil ciudadanos— sea desahogada mediante un procedimiento ordinario sancionador (POS). La decisión al respecto deberá ser tomada antes del 7 de junio, para que en los comicios únicamente puedan competir aquellos partidos que hayan cumplido con las reglas establecidas por la ley.
En su resolución, el TEPJF —dice en el boletín de prensa que expidió al respecto— “reconoció el valor legítimo de la ciudadanía a exigir que el sistema democrático se respete en este proceso electoral y que… el escrito en el que un grupo de ciudadanos pide la pérdida y/o cancelación del registro del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por el conjunto y magnitud de presuntas violaciones graves, sistemáticas y reiteradas, sea desahogado por el Instituto Nacional Electoral, a través de un procedimiento ordinario sancionador.”
La orden del tribunal significa que el INE ya no podrá seguir escurriendo el bulto para eludir una decisión sobre el asunto como ha venido haciendo, limitándose a aplicar al PVEM multa tras multa, que de nada sirven ya que ese satélite del PRI parece contar con recursos económicos inagotables de muy oscuro origen, lo cual le permite mantener su campaña publicitaria.
Existe, sin embargo, un peligro: que el Consejo General del INE una vez más deje impune al Verde mediante el subterfugio de aplicar el principio que en la terminología jurídica se conoce como “non bis in idem”.
Esta expresión latina significa “no dos veces sobre lo mismo”, y con ella se quiere indicar que una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos que se consideran delictuosos, independientemente de que haya sido declarada culpable o inocente.
Lo que con el principio de “non bis in ídem” se quiere evitar es que una persona sea objeto de persecución sistemática acusándola una y otra vez del mismo delito. Ello, desde luego, resulta adecuado. Pero la preocupación en el caso del PVEM, es que se aplique torcidamente, para no cancelar su registro argumentando que como ya ha sido sancionado con numerosas multas por sus repetidas violaciones a la ley, no se le puede someter a un nuevo procedimiento sancionador.
Desde luego, no se trata del mismo asunto. En cada ocasión el PVEM ha sido juzgado por diferentes violaciones a la ley, no por la misma, y por tanto no se puede aducir que ya ha sido juzgado y sancionado y en consecuencia procede el “non bis in idem”. Eso equivaldría a que un homicida que ya hubiera sido juzgado y sentenciado por asesinar a una persona, se librara de la cárcel si mata a otra, argumentando que ya tuvo un juicio y un castigo.
En fin, en los próximos días se verá si el INE mantiene su actitud de tolerancia y complicidad con el negocio de El Niño Verde.
Comentarios: kixpachoch@yahoo.com.mx
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