lunes, 9 de marzo de 2015

El Senado no le niega nada al EsPurioN

¡¡Exijamos lo Imposible!!
Proceso
La obsecuencia del Senado
JESÚS CANTÚ

MÉXICO, D.F. (Proceso).- En un régimen presidencial, la lógica de que los integrantes de un gabinete o ciertas posiciones sean ratificados por el Congreso o una de las cámaras estriba en asegurar que los designados se acerquen lo más posible al perfil idóneo para cumplir con la tarea asignada; y eso se logra si los legisladores realizan un minucioso escrutinio de los nombramientos que realiza el titular del Ejecutivo.

La ratificación de un nombramiento no es la vía para garantizar la autonomía de una entidad pública; para esto hay que recurrir a opciones en las que es el propio Congreso el que designa: a propuesta del presidente (como es el caso de los ministros del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Instituto Federal de Telecomunicaciones o la Comisión Federal de Competencia); sin su participación (como ocurre con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o el Consejo General del Instituto Nacional Electoral); o a procesos más rebuscados donde el Senado integra listas, de las cuales el Ejecutivo elige y el Senado designa (como es el caso de la Fiscalía General).

La ratificación simplemente pretende evitar la arbitrariedad y discrecionalidad en el nombramiento de los integrantes del gabinete presidencial, los embajadores o algunos otros cargos que forman parte de la administración pública federal; y, desde luego, por esta vía buscar que dichas posiciones las ocupen personas con suficientes merecimientos para ellas.

Para lograrlo es imperativo que los legisladores realicen un riguroso escrutinio de las propuestas presidenciales, pues si lo que prevalece es una aprobación acrítica, el Ejecutivo sabrá que todas sus pretensiones, sin importar la idoneidad del designado, serán ratificadas. Eso es lo que ha sucedido en México hasta hoy y que se comprueba con la ratificación de Arely Gómez como titular de la Procuraduría General de la República, lo que se agrava porque en virtud de un artículo transitorio están en realidad nombrando al primer fiscal general de la nación.

Lamentablemente en México la ratificación se entiende como una deferencia hacia quien propone, como lo señaló textualmente el senador panista Roberto Gil, presidente de la Comisión de Justicia: “… el Senado de la República es deferente frente a la propuesta del Ejecutivo federal; como en muchas otras ocasiones, este Senado de la República no le niega al presidente de la República absolutamente ninguna decisión…”.

Como afirman los abogados, “a confesión de parte, relevo de prueba”: El Senado muestra su excesiva moderación, su cortesía, su conducta obsecuente con el mandatario, sin importar que la persona propuesta para ocupar la PGR desconozca absolutamente la materia penal, pues en los tres años y medio en los que ocupó la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (diciembre de 2006 a junio de 2010) ésta prácticamente desapareció. Si bien es cierto que buena parte de su carrera profesional la desarrolló en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en ninguno de sus puestos tuvo relación con el derecho penal, que es precisamente el que debe dominar para desempeñarse al frente de la PGR.

La lógica de la ratificación del procurador se calca del vecino país del norte, precursor del presidencialismo, pero allá el Senado se toma en serio su tarea, y si bien son simplemente cinco las ocasiones en las que el Congreso ha rechazado las propuestas presidenciales, la última en 1989 (cuando el Senado rechazó la intención de George H. W. Bush de poner a su excompañero senador John Tower como secretario de Defensa), el escrutinio es tan severo que de 1993 a la fecha seis nominados han renunciado a su postulación antes de que se realice la votación, conscientes de que la perderían.

Entre los casos más conocidos internacionalmente se encuentra el de Zoë Baird, propuesta presentada por Bill Clinton en enero de 1993 para ocupar la Fiscalía General; tuvo que declinar al conocerse que había violado la ley cuando contrató a una pareja de peruanos que se encontraban ilegalmente en territorio estadunidense. Y el de Linda Chávez, promovida en 2001 por George W. Bush para ser secretaria de Trabajo; todo, porque le había dado dinero a un inmigrante ilegal guatemalteco.

La deferencia del Senado en el caso de Arely Gómez se vuelve más crítica por lo establecido en el párrafo segundo del artículo 16° transitorio de la reforma constitucional de febrero de 2014, que señala: “El procurador general de la República que se encuentre en funciones al momento de expedirse la declaratoria a que se refiere el párrafo anterior, quedará designado por virtud de este Decreto Fiscal General de la República por el tiempo (nueve años a partir de su designación) que establece el artículo 102, apartado A, de esta Constitución…”.

Así, aunque el mismo Gil expresó: No hay () razón constitucional o legal para asumir que la actual procuraduría, su titular, habrá de convertirse de manera automática en fiscal general de la nación”, al nombrar a Arely Gómez procuradora, en automático la nombraron fiscal general, salvo que ella renunciara a dicha posición o el presidente decidiera removerla. Ambas opciones tienen muy pocas probabilidades de concretarse, pues la razón de dicho transitorio fue precisamente garantizar inmunidad a Peña Nieto y su equipo, al permitirle no únicamente terminar su mandato con un fiscal a modo, sino que la persona designada permaneciera al menos durante todo el siguiente sexenio.

“El proceso político de negociación política para encontrar al mejor o a la mejor titular de la nueva Fiscalía General de la Nación”, al que se refirió Gil en su intervención ante el Pleno del Senado, se desarrolló al momento de la reforma constitucional en 2013, y la cámara renunció a la posibilidad de reabrirlo, pues el momento era precisamente cuando el presidente requería los votos de los senadores de oposición para la ratificación de Arely. Al expedir la legislación secundaria para configurar la Fiscalía General, será exactamente al revés: quienes necesitarán los votos suficientes para lograrla serán los legisladores de oposición.

La renuncia de Jesús Murillo Karam a la PGR y la necesidad de nombrar a su sucesor le abrió al Senado la posibilidad de eliminar el párrafo segundo del artículo 16° transitorio o, al menos, de acotar su permanencia al sexenio de Peña Nieto; pero nuevamente abdicó de sus responsabilidades y aprovechó la ocasión para ser cortés con el Ejecutivo.

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