miércoles, 18 de marzo de 2015

Ahora resulta que el fracking es peligroso

¡¡Exijamos lo Imposible!!

No hacía daño, y ahora

Con la Reforma Energética aprobada, ahora , SEMARNAT alerta de los riesgos por fracking / Reconoce que este proceso puede provocar competencia por el agua, contaminación de los acuíferos, contribución al calentamiento global, contaminación del suelo, contaminación atmosférica, así como pérdida de la biodiversidad

MEXICO, D.F., 17 de marzo (SinEmbargo).– La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicó una Guía de Criterios Ambientales para regular el fracking en México, en la que reconoce que este proceso puede provocar competencia por el agua, contaminación de los acuífe1ros, contribución al calentamiento global, contaminación del suelo, contaminación atmosférica, así como pérdida de la biodiversidad.

“Debido a que se requieren de 9 a 29 millones de litros para la fractura de un sólo pozo, en función de la profundidad, extensión y permeabilidad del yacimiento, cuando se perforan varios pozos en una región determinada, se compite por el agua para otros usos, comprometiendo el derecho humano al agua, es decir al agua para consumo doméstico, así como el agua destinada para la producción agrícola y el sostenimiento de ecosistemas”, dice el documento publicado el 4 de marzo en el punto 1.2 referente al impacto ambiental.

Funcionarios federales mexicanos y hasta medios de comunicación han rechazado que pueda existir un daño por el fracking, una práctica de extracción de gas shale que ha sido rechazada en muchos estados de la Unión Americana.

El 30 de agosto de 2014, en plena discusión sobre el tema, el discurso del Secretario de SEMARNAT, Juan José Guerra Abud, era otro. Entonces dijo que no se descartaba que la fracturación hidráulica ocasione daños ambientales porque “no hay actividad humana que no tenga impacto en el medio ambiente”, pero “las ventajas que traerá el gas natural que se extraerá mediante esa técnica rebasan las consecuencias negativas”.

Y antes, el 28 de mayo pasado, dijo que las advertencias sobre fracking eran falsas y hasta lo alentó:
“Necesitamos hacer el fracking, porque necesitamos gas natural. Si no lo tenemos, ¿cómo vamos a cambiar el combustóleo y cómo dejaremos de usar otros combustibles más contaminantes?”

Ahora, sin embargo, con la Reforma Energética aprobada, la dependencia federal reconoce queexiste el riesgo de que los mantos acuíferos resulten contaminados por la fractura hidráulica “cuando llega a presentarse un fallo en la estructura del pozo inyector, y éste se encuentra en la proximidad de los acuíferos”.

La Guía refiere además que existen más de 750 tipos diferentes de químicos en el fluido de perforación, entre los cuales algunos se consideran cancerígenos, otros pueden afectar al sistema endócrino, causar daños en el sistema nervioso, o provocar alergias.

“Es importante tomar en consideración que, además de los químicos citados arriba, el líquido de perforación se combina en el proceso de fractura con sustancias disueltas en el sedimento de la lutita, como son metales pesados, metaloides, y metano lo que provoca reacciones químicas imprevistas de naturaleza nociva para la salud humana y de otros organismos. Por último, esta mezcla se encuentra en riesgo de entrar en contacto con elementos radioactivos presentes en la profundidad de las rocas, como es el caso del radón, precisa el documento.

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) dijo que los criterios establecidos en la Guía son “suficientes y necesarios para prevenir, evitar y atenuar los impactos negativos” del fracking “como son la disminución de disponibilidad de agua, la contaminación de acuíferos, suelos y aire”.

Sin embargo, el grupo civil exhortó a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) a generar un marco regulatorio de la fractura hidráulica que genere certeza jurídica a todos los actores”Asimismo, le instamos a que retome el esfuerzo realizado por la SEMARNAT al haber elaborado esta guía, de manera que convierta los criterios ahí esbozados en requisitos vinculantes, vigile su observancia y sancione su incumplimiento”, refirió el Cemda.

De acuerdo con la Guía elaborada por la SEMARNAT junto a los riesgos existentes por el uso y contaminación del agua, existe la posibilidad de contaminación por radiactividad de aguas de retorno en los procesos de extracción de hidrocarburos a partir de fractura hidráulica.

“La mezcla utilizada en pozos de fractura hidráulica es reutilizada en el mismo pozo en múltiples ocasiones. En el subsuelo, entra en contacto con el agua milenaria que se encuentra en la roca, así como con otras substancias de este estrato geológico, altamente corrosivas o radioactivas, las cuales se mezclan y empiezan a cambiar la conformación de la mezcla inyectada, pudiendo llegar a concentraciones elevadas. Cuando estas aguas contienen altas concentraciones de bromuro y son tratadas en las plantas de tratamiento comunes, construidas para las aguas residuales domésticas, al entrar en contacto con el cloro de las últimas etapas del tratamiento, éste reacciona creando trihalometanos, un químico que causa cáncer y aumenta el riesgo de que los seres humanos en contacto con este líquido presenten problemas reproductivos y de desarrollo”, precisa el documento.

Asimismo señala que la explotación del gas y aceite de lutitas puede contribuir a la aceleración del cambio climático debido a las emisiones de gas metano, carbón negro y bióxido de carbono, que se producen por ineficiencias en la extracción, procesamiento, almacenamiento, traslado y distribución.

En cuanto a la pérdida de la biodiversidad, dice que “el desmonte de grandes áreas, la construcción de caminos, el intenso tráfico de vehículos, el polvo, el ruido e intensidad lumínica, pueden afectar a las especies vegetales y animales inhibiendo su capacidad reproductiva, de alimentación, de resistencia a condiciones adversas y a depredadores naturales”.

La ley de aguas

En sus Criterios Generales
, la Guía redactada por la SEMARNAT dice que el operador petrolero debe definir la fuente que suministrará el agua para la extracción de los hidrocarburos contenidos en lutitas, consultando la disponibilidad de agua de las cuencas o acuíferos, determinada y publicada por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).

“En caso de que la disponibilidad sea nula o insuficiente, podrá optar por la adquisición de derechos, el uso de agua residual o la importación de agua desde cuencas o acuíferos circunvecinos que cuenten con disponibilidad del recurso”, dice el documento.

El pasado 4 de marzo, mismo día en que se dio a conocer la Guía, la Cámara de Diputados aprobó en comisiones la propuesta para la nueva Ley General de Aguas; sin embargo, luego de diversas críticas tanto de los partidos de oposición como de organizaciones civiles y ciudadanos en general, los legisladores pospusieron la discusión.

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