miércoles, 29 de mayo de 2013

Impunidad pa' el chacal asesino de Acteal

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Inmunidad a Zedillo

Tribunal federal echó para atrás el amparo que se presentó en México para evitar la protección, por parte de EU, del ex presidente mexicano, en la demanda contra la matanza de Acteal / Con esto, el juicio quedó cerrado en definitiva

MÉXICO, DF, 28 de mayo (APRO).- Un tribunal federal dio el visto bueno definitivo a la solicitud de inmunidad para Ernesto Zedillo, realizada en 2011.

El tribunal desechó en definitiva el amparo con el que se impugnó la solicitud para otorgar inmunidad al expresidente en la demanda por 50 millones de dólares presentada en su contra, en Estados Unidos, por la matanza de Acteal.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa revocó este lunes la sentencia dictada en marzo por un juez de Distrito, quien había afirmado que la Embajada de México en Estados Unidos actuó ilegalmente al enviar una nota diplomática al Departamento de Estado, en la que solicitó reconocer la inmunidad del exmandatario ante este tipo de demandas.

Los magistrados determinaron que el amparo es improcedente porque la nota diplomática no afectó el interés jurídico de los demandantesparientes de víctimas de la matanza de 47 indígenas perpetrada en 1997—, ya que no fue con base en dicha nota que el gobierno de Estados Unidos solicitó a una corte federal de Connecticut la inmunidad para Zedillo en su carácter de exjefe de Estado.

“Como se ve, el Departamento de Estado los Estados Unidos América determinó que el tercero perjudicado (Zedillo) goza de inmunidad en el juicio, y expuso las razones para considerar procedente su otorgamiento, de tal suerte que fue mediante ese acto, y no la nota diplomática reclamada, que se otorgó inmunidad” al expresidente.

Agregó que la decisión de conceder o no la inmunidad es un acto soberano de las autoridades estadounidenses, que no puede estar sujeto a revisión por el Poder Judicial de México.

El tribunal colegiado también rechazó una petición de los quejosos para solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación el ejercicio de su facultad de atracción, con lo que el juicio quedó cerrado en definitiva.

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