viernes, 21 de diciembre de 2012

Donde está los vándalos q' recibieron$300

¡¡Exijamos lo Imposible!!
Protestas, provocaciones y respuestas
Pablo Gómez

La violencia del 1 de diciembre ha sido interpretada de muchas formas, pero no se han dado más respuestas que los procesos penales abiertos. Lo que resalta es que no se admite que algunas personas puedan organizarse para realizar actos violentos sin más fin que el de protestar, repudiar, hacerse sentir.

Varios analistas han estado buscando a los tenebrosos provocadoresautoridades o políticos profesionalesque debieron haber pagado a un puñado de lúmpenes que no tenía idea de los propósitos de sus acciones. Pero no. No aparecen los provocadores ni los lúmpenes.

No debería ser motivo de tanta suspicacia que unos jóvenes se organicen para agredir a la policía si acaso ésta les impide llevar a cabo su manifestación tal como la habían planeado. Tampoco es nuevo que unos jóvenes, contenidos por la policía en un lugar, aparezcan en otro para continuar la protesta e, incluso, ataquen propiedades.

Lo grotesco fue que la policía capitalina se dedicara a detener jóvenes en el centro de la ciudad bajo sospecha de que habían intervenido en los actos violentos. Además, es ridículo y vergonzoso para cualquier fiscal del mundo que de 70 consignados a un juez hayan sido liberados casi 60. Las acusaciones eran demasiado débiles. Un juez en el 68 decía en su auto de formal prisión contra más de 200 jóvenes: “Hay dos pruebas, una positiva y otra negativa; la primera es que todos estuvieron en el lugar de los hechos (Tlatelolco), la segunda es que ninguno pudo explicar satisfactoriamente qué hacía en tal sitio”. Parece que la historia nos alcanza, pero en forma de comedia. Ya casi no hay jueces como aquél, pero los fiscales por lo visto proceden en forma semejante.

El delito que se pretende aplicar“ataques a la paz pública” (art. 362)— es una reminiscencia de viejos tiempos.

La pena es de cinco a 30 años de prisión por realizar actos que “perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del Distrito Federal o presionen a la autoridad para que tome una determinación”. Los actos descritos son “utilización de sustancias tóxicas, incendio, inundación o violencia extrema”. ¿Qué cosa es la “paz pública”? ¿En qué consiste la “violencia extrema”? Es evidente que el juez lo debe definir, así como fue la “disolución social”. Pero si en lugar de “atacar la paz” el actor se rebela, la pena es de dos a diez años a pesar de que actúa con armas aunque, si las depone antes de ser detenido, entonces no hay pena alguna (art. 361). El delito de rebelión es de manufactura decimonónica en la legislación penal mexicana. El moderno precepto de “ataques a la paz pública” es francamente agresivo y repite conductas que están en otros tipos penales con sanciones mucho menores. Existe el delito de motín, el cual, por lo visto, le pareció poca cosa al Ministerio Público por aquello de que el condenado puede estar encarcelado seis meses como mínimo, es decir, no compurgaría en prisión y tendría, antes, libertad bajo fianza. Pero se trataba de calmar a las buenas conciencias y, por tanto, abrir procesos con prisión preventiva. Esta conducta política es francamente reprobable.

Existen muchos otros delitos, como el de daño en propiedad y el de lesiones, pero el MP tiene que acreditar el daño o la lesión contra cosas y personas concretas por parte precisamente de cada uno de los acusados, lo cual no podía hacer. No actuó, entonces, como procurador de justicia sino como político empoderado con los instrumentos de la justicia.

Pero, ¿dónde están los misteriosos poderes que organizaron la provocación? Sabemos que en la cárcel se encuentran personas conocidas. No hay ningún presunto delincuente en reincidencia y ninguno es poderoso. ¿Habrán de terminar esos presos sus estudios en la cárcel, en la universidad del crimen? Por lo visto eso es lo que busca el MP al acusarlos de un delito repudiable tanto por su tipo como por sus sanciones.

El PRD y toda la izquierda en la Asamblea están obligados a derogar el delito de “ataques a la paz pública” y a requerir a la Procuraduría capitalina que explique su tan condenable comportamiento político.

www.pablogomez.org

No hay comentarios: