¡¡Exijamos lo Imposible!!
Protestas, provocaciones y respuestas
Pablo Gómez
La violencia del 1 de diciembre ha sido interpretada de muchas
formas, pero no se han dado más respuestas que los procesos penales
abiertos. Lo que resalta es que no se admite que algunas personas puedan
organizarse para realizar actos violentos sin más fin que el de
protestar, repudiar, hacerse sentir.
Varios analistas han estado buscando a los tenebrosos provocadores
—autoridades o políticos profesionales— que debieron haber pagado a un
puñado de lúmpenes que no tenía idea de los propósitos de sus acciones. Pero no. No aparecen los provocadores ni los lúmpenes.
No debería ser motivo de tanta suspicacia que unos jóvenes se
organicen para agredir a la policía si acaso ésta les impide llevar a
cabo su manifestación tal como la habían planeado. Tampoco es nuevo que
unos jóvenes, contenidos por la policía en un lugar, aparezcan en otro
para continuar la protesta e, incluso, ataquen propiedades.
Lo grotesco fue que la policía capitalina se dedicara a detener
jóvenes en el centro de la ciudad bajo sospecha de que habían
intervenido en los actos violentos. Además, es ridículo y vergonzoso
para cualquier fiscal del mundo que de 70 consignados a un juez hayan
sido liberados casi 60. Las acusaciones eran demasiado débiles. Un juez
en el 68 decía en su auto de formal prisión contra más de 200 jóvenes:
“Hay dos pruebas, una positiva y otra negativa; la primera es que todos
estuvieron en el lugar de los hechos (Tlatelolco), la segunda es que
ninguno pudo explicar satisfactoriamente qué hacía en tal sitio”. Parece
que la historia nos alcanza, pero en forma de comedia. Ya casi no hay
jueces como aquél, pero los fiscales por lo visto proceden en forma
semejante.
El delito que se pretende aplicar —“ataques a la paz pública” (art. 362)— es una reminiscencia de viejos tiempos.
La pena es de cinco a 30 años de prisión por realizar actos que
“perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del
Distrito Federal o presionen a la autoridad para que tome una
determinación”. Los actos descritos son “utilización de sustancias
tóxicas, incendio, inundación o violencia extrema”. ¿Qué cosa es la “paz
pública”? ¿En qué consiste la “violencia extrema”? Es evidente que el
juez lo debe definir, así como fue la “disolución social”. Pero si en
lugar de “atacar la paz” el actor se rebela, la pena es de dos a diez
años a pesar de que actúa con armas aunque, si las depone antes de ser
detenido, entonces no hay pena alguna (art. 361). El delito de rebelión
es de manufactura decimonónica en la legislación penal mexicana. El
moderno precepto de “ataques a la paz pública” es francamente agresivo y
repite conductas que están en otros tipos penales con sanciones mucho
menores. Existe el delito de motín, el cual, por lo visto, le pareció
poca cosa al Ministerio Público por aquello de que el condenado puede
estar encarcelado seis meses como mínimo, es decir, no compurgaría en
prisión y tendría, antes, libertad bajo fianza. Pero se trataba de
calmar a las buenas conciencias y, por tanto, abrir procesos con prisión
preventiva. Esta conducta política es francamente reprobable.
Existen muchos otros delitos, como el de daño en propiedad y el de
lesiones, pero el MP tiene que acreditar el daño o la lesión contra
cosas y personas concretas por parte precisamente de cada uno de los
acusados, lo cual no podía hacer. No actuó, entonces, como procurador de
justicia sino como político empoderado con los instrumentos de la
justicia.
Pero, ¿dónde están los misteriosos poderes que organizaron la
provocación? Sabemos que en la cárcel se encuentran personas conocidas.
No hay ningún presunto delincuente en reincidencia y ninguno es
poderoso. ¿Habrán de terminar esos presos sus estudios en la cárcel, en
la universidad del crimen? Por lo visto eso es lo que busca el MP al
acusarlos de un delito repudiable tanto por su tipo como por sus
sanciones.
El PRD y toda la izquierda en la Asamblea están obligados a derogar
el delito de “ataques a la paz pública” y a requerir a la Procuraduría
capitalina que explique su tan condenable comportamiento político.
www.pablogomez.org
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