miércoles, 6 de marzo de 2013

Algo que benefician a los mexicanos

¡¡Exijamos lo Imposible!!
Contralínea 
Triquiñuelas con la suspensión del acto reclamado
 Álvaro Cepeda Neri *

Los empresarios, banqueros y dueños del mercado y las diversas inversiones del capital nativo y extranjero que hacen de la economía pública y privada un botín, han puesto el grito en el cielo y amenazan con rebelarse. Y es que han abusado del juicio de amparo para prolongar sus negocios administrativos, mercantiles y civiles cuando supuestamente ven amenazados sus intereses por decisiones del gobierno federal y de las entidades, que incluye al gobierno defeño ya seriamente encaminando sus gestiones constitucionales para constituirse en el estado 32 de la Federación, con sus delegaciones convertidas en municipios.
Los hombres del dinero eludían cumplir tales disposiciones al otorgárseles la suspensión del acto reclamado hasta por varios años. Si a los monopolios de Teléfonos de México, Televisa y Tv Azteca, entre otros ejemplos, se les disponían actos contra sus arbitrariedades y/o abusos en sus sistemas financieros o se oponían a los intereses nacionales contemplados en el Artículo 27 constitucional, recurrían al amparo únicamente para obtener la suspensión del acto reclamado.
Hoy, una nueva Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tiene adiciones relevantes para acabar con las triquiñuelas (“ardid, artimaña, treta, truco y, en suma: un medio en el que hay engaño para conseguir algo”) de los quejosos millonarios, que prohíbe concederles la suspensión del acto reclamado cuando éste afecte a menores e incapaces, suspenda la pensión alimenticia o cuando los empresarios busquen interrumpir los procedimientos contra intervención y liquidación de entidades financieras, entre otros.
Tampoco pueden gestionar la suspensión del acto reclamado cuando objeten actos y omisiones del Estado que protejan el aprovechamiento de bienes muebles e inmuebles de dominio directo de la nación, que se enumeran en el Artículo 27 constitucional, que incluye concesiones en comunicación, carreteras, aguas, subsuelo-minas, espacio aéreo y otros, que a partir de la promulgación de la mencionada nueva Ley de Amparo, tengan los particulares en calidad de concesiones. No tiene efecto retroactivo, pero a partir del presente contra la voracidad de Televisa, Telmex, Tv Azteca o los Larrea del Grupo México que, con canadienses y estadunidenses, abusan de la minería y que creyeron siempre obtener la suspensión de lo reclamado para obtener impunidad en su enriquecimiento aún causando daño a la nación.
Tiene más ediciones que benefician a los mexicanos. Como que todos podremos ser quejosos en cuestiones de derechos humanos o para defender intereses sociales. Lo mejor es que los empresarios, banqueros e inversionistas que abusan del libre mercado, tienen cerradas las puertas para efectos de la suspensión de lo que reclamen sin fundamento, aunque tienen a salvo sus derechos para la resolución de fondo de esos amparos. Las garantías y derechos se han reforzado y nos mantendremos alertas por si el Estado y el gobierno quisieran aprovechar para sus abusos del poder. Por lo pronto, la nueva Ley de Amparo, ley reglamentaria constitucional, tiene adiciones democráticas y republicanas.
*Periodista

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