¡¡Exijamos lo Imposible!!
Proceso
INE: peor imposible
MÉXICO, D.F. (Proceso).- “Monstruosa” es la palabra que mejor define
la opción que eligieron el PAN y el PRI (seguramente con participación
importante del gobierno federal y los gobernadores) para ampliar las
facultades de un órgano electoral nacional sin tener que desaparecer los
estatales, cuyas funciones se reducen en la práctica a entregar el
financiamiento estatal a los partidos políticos y contar los votos
después de la jornada electoral, pues los institutos locales, que tienen
alguna incidencia significativa en educación cívica, son las
excepciones; así que los cambios propuestos sólo les servirán para
recibir más presupuesto.
La
terquedad del PAN de crear un órgano nacional ante la captura de los
órganos locales por parte de los gobiernos estatales dio origen a un
híbrido costoso, inoperante y confuso. De acuerdo con las reformas
constitucionales aprobadas en el Congreso de la Unión, se mantienen las
dos estructuras paralelas (una nacional y 32 estatales), pero las únicas
atribuciones permanentes que les asignan a los órganos estatales son
las vinculadas a los derechos, como el acceso a las prerrogativas por
parte de los candidatos y partidos políticos, y a la educación cívica, y
las estrictamente relacionados con los procesos electorales:
preparación de la jornada (equipamiento de casillas y auxilio para la
recolección de los paquetes electorales), impresión de documentos y
materiales, escrutinio y cómputo de los votos, declaración de validez y
otorgamiento de las constancias de ganadores, difusión de resultados
preliminares, registro de encuestas de opinión o sondeos y conteos
rápidos, y registro de observadores electorales.
La reforma les
quita expresamente las atribuciones en materia de designación de
funcionarios de mesa directiva de casilla, capacitación de éstos,
ubicación de casillas y fiscalización de los ingresos y egresos de los
partidos políticos y candidatos, y los limita a aplicar simplemente las
“reglas, lineamientos, criterios y formatos” que previamente haya
definido el Instituto Nacional Electoral (INE) en materia de resultados
preliminares, encuestas o sondeos de opinión, observación electoral y
diseño de documentos y materiales electorales.
Los gobernadores,
particularmente los priistas, se empeñaron en mantener los órganos
electorales –sin importar el altísimo costo y las complicaciones
operativas que esto implica–, y los negociadores del Pacto por México
aceptaron su petición pero los redujeron a su mínima expresión: quedan
casi como órganos ornamentales de lujo, pues tendrán una instancia de
dirección integrada por siete miembros de tiempo completo, con un jugoso
sueldo mensual y toda una parafernalia de colaboradores igualmente
costosa.
Los absurdos: de acuerdo con lo señalado en la
Constitución, el INE es el responsable del Servicio Profesional
Electoral Nacional (que comprende la selección, ingreso, capacitación,
profesionalización, promoción, evaluación, rotación, permanencia y
disciplina) de los servidores públicos de los organismos electorales
estatales, de manera que los servidores públicos que laboren en éstos
recibirán su sueldo gracias al presupuesto de los estados y responderán a
los Consejos estatales, pero en el extremo podrán ser seleccionados,
evaluados, promovidos o sancionados por el INE; y aunque el escrutinio y
cómputo de las elecciones locales es una facultad del órgano estatal,
su única participación en el proceso en las casillas será la de apoyar
la recolección de las actas respectivas, pues todas las demás funciones
las realizará el INE.
Pero los negociadores también les
concedieron a los gobernadores el deseo de mantener los tribunales
electorales estatales para que resuelvan un mínimo de impugnaciones,
toda vez que con las acotadas facultades de los órganos locales todas
las impugnaciones irán a las salas regionales del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, aunque ya no podrán nombrar a sus
integrantes, pues en la Constitución dejaron claro que “las autoridades
electorales jurisdiccionales se integrarán por un número impar de
magistrados, quienes serán electos por las dos terceras partes de los
miembros presentes de la Cámara de Senadores…” De esta manera aseguraron
el empleo (o quizá sea más preciso decir una cuantiosa beca) al menos a
96 abogados mexicanos.
Los dirigentes partidistas y el gobierno
federal intentan resolver de la peor manera posible el problema que los
condujo a iniciar esta reforma: la captura de los órganos de gobierno de
los organismos electorales estatales (administrativos y
jurisdiccionales) por parte de los gobiernos estatales. Para ello tenían
tres opciones claras: establecer un procedimiento de designación a
prueba de todas las perversiones de los peores caciques estatales;
quitarles a las instancias locales (gobernadores y congresos estatales)
la designación de sus integrantes, y dejar las dos estructuras paralelas
o desaparecer las estatales y crear una única instancia nacional.
La
primera, que es la mejor desde el punto de vista del federalismo y la
construcción democrática, era una misión casi imposible porque los
actores políticos mexicanos han demostrado –una y otra vez– que
rápidamente hacen realidad el popular dicho de que “hecha la ley, hecha
la trampa”. Por ello, seguramente –en el mejor de los casos– habría una
generación de órganos estatales respetables y después reaparecería el
problema; la tercera, además de atentar contra los principios del
federalismo y ser una opción costosa, tampoco resolvía el problema
(Proceso 1928); por lo tanto, la segunda era la menos mala de las
opciones, pero no se conformaron con implementarla tal cual –ya que los
integrantes de los órganos de dirección de los organismos
administrativos los nombrará el Consejo General del INE, y los de los
jurisdiccionales, como ya se señaló en un párrafo precedente, la Cámara
de Senadores– y optaron por reducir atribuciones a éstos, transferirlas
al INE y crear una serie de normas inoperantes y arbitrarias que generan
confusión y nuevas fuentes de conflicto.
En el extremo, el INE,
con el voto de 8 de los 11 integrantes del Consejo General, podrá
incluso “asumir directamente la realización de las actividades propias
de la función electoral que corresponden a los órganos electorales
locales”. No podrá desaparecerlos, pero sí dejarlos sin materia.
La
reforma tiene otras barbaridades, como la restricción para que aquellos
legisladores (federales y estatales) y alcaldes que decidan buscar la
reelección inmediata sólo puedan postularse por un partido distinto al
que los llevó al poder si se separan del mismo antes de la mitad de su
mandato. Y, desde luego, también tiene aspectos muy positivos, como
devolver al Consejo General del INE la facultad de fiscalización de los
ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos.
Sin
embargo, la creación del INE y la transformación de las instancias
(administrativas y jurisdiccionales) estatales opaca al resto de la
reforma en el ámbito electoral, pues en realidad se eligió la peor de
las opciones disponibles. Ante este monstruo, la creación de un órgano
nacional y la desaparición de los estatales era una gran solución.
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