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Tribunal electoral revoca resolución del IFE contra Sodi
Los magistrados determinaron devolver al Instituto Federal Electoral la resolución en la que se declaró infundado el procedimiento contra el panista y la empresa Televisa
Notimex El Universal Ciudad de México
Notimex El Universal Ciudad de México
Miércoles 22 de julio de 2009
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del IFE sobre Demetrio Sodi, jefe delegacional electo de Miguel Hidalgo, por la entrevista que concedió durante un partido de futbol, en plena campaña electoral.
En sesión pública, los magistrados determinaron devolver al Instituto Federal Electoral (IFE) la resolución en la que se declaró infundado el procedimiento contra Sodi y la empresa Televisa, debido a las "incongruencias" entre lo que aprobó el Consejo General y lo que se notificó a quienes presentaron la denuncia en su contra.
Asimismo, señalaron que el secretario ejecutivo del IFE, Edmundo Jacobo Molina, debe incluir en forma inmediata, el engrose correspondiente, apegándose a lo aprobado en la sesión extraordinaria del 22 de junio de ese órgano electoral.
El magistrado Esteban Penagos argumentó que a la ex candidata a la jefatura delegacional en Miguel Hidalgo, Ana Gabriela Guevara, al Partido de la Revolución Democrática (PRD) y a Convergencia, se les notificó una resolución que no fue tomada por el instituto.
De tal suerte, opinó que en caso de que el del TEPJF entrara al fondo del estudio con la resolución como tal, se les dejaría en indefensión jurídica.
El 22 de junio, los consejeros electorales del IFE declararon infundado el procedimiento especial sancionador contra Sodi de la Tijera y la empresa Televisa.
Por seis votos a tres, los consejeros determinaron que si bien se trataba de propaganda electoral, no se encontraron elementos para afirmar que la entrevista efectuada por la empresa televisiva durante la semifinal de futbol entre los equipos Pumas y Puebla fue pagada o pactada.
El magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar dijo que hay una "incongruencia de tal magnitud", que ni siquiera las partes involucradas saben lo que se votó al seno del IFE.
"La incongruencia de la resolución es de tal magnitud, es más allá de la incongruencia interna o externa, es que sencillamente no corresponde lo que se discutió, con lo que se votó y lo que se notificó" , subrayó.
fml
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