lunes, 1 de julio de 2013

Nunca ha $ido confiable el $alina$ Pliego

¡¡Exijamos lo Imposible!! 
Homozapping
Salinas Pliego y Grupo Elektra en guerra contra la Bolsa Mexicana de Valores 
(Segunda Parte)


Segunda parte del Reportaje publicado en Proceso, No. 1913.

La “Sincronía” Entre Elektra y la Juez
 

El litigio por presunta violación a los “derechos humanos” de Grupo Elektra se puede convertir en una caja de Pandora judicial. De acuerdo con el abogado Carlos Riquelme, quien lleva el caso por parte de la Bolsa Mexicana de Valores, se podría confirmar el “contacto” o la “comunicación indebida” entre la juez Josefina Rosey González y el Grupo Elektra.

Rosey es una de las jueces más cercanas al magistrado Edgar Elías Azar, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a quien le gusta presumir públicamente su buena relación con los dueños de las dos principales televisoras del país. Elías Azar no sólo ha festejado a sus magistrados en el Estadio Azteca de Televisa, también jugó un papel esencial en la detención de Paula Cussi, quien litigó con Emilio Azcárraga Jean la sexta parte del legado de Emilio Azcárraga Milmo.

La BMV contrató al despacho Carrancá, Araujo, Acosta y Riquelme, encabezado por Agustín Acosta Azcónel mismo que defendió a Florence Cassez y logró su liberación por violaciones al debido proceso- para denunciar penalmente a la Juez 6 de lo Civil del Distrito Federal por concederle una “ventaja indebida” a Grupo Elektra, toda vez que el asunto es competencia del fuero federal y la medida cautelar otorgada eximir a Elektra del uso de la metodología del IPC- no tiene fundamento en precepto legal”, según consta en la demanda.

La juez Rosey González contestó a la demanda penal interpuesta ante el ministerio público federal y exhibió en su respuesta un escrito que resultó ser idéntico en tres párrafos con el amparo interpuesto por Grupo Elektra ante el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal contra la resolución de turnar el caso a tribunales federales, el 13 de mayo de 2013.

Como si se tratara de un copy page, tanto la juez como Grupo Elektra argumentaron con las mismas palabras para justificar cómo debe tomarse en cuenta el Indice de Precios y Cotizaciones de la BMV. Los tres párrafos idénticos dicen:

En otras palabras, debe decirse que el IPC no es más que un termómetro del mercado bursátil, esto es, un simple indicador del dinamismo del que participa la actividad bursátil nacional, pero ajeno a los servicios de intermediación financiera, es decir, jamás pone en contacto oferta y demanda de valores centralizando posturas… Su único fin es permitir a los intermediarios y gran público inversionista leer la actividad del mercado bursátil.

De acuerdo con el libro ‘Para Entender la Bolsa, Financiamiento e Inversión en el Mercado de Valores’ del maestro Arturo Rueda, el Indice Nacional de Precios y Cotizaciones, refiere ‘a simple vista, un índice de precios o benchmark es sólo una cantidad, un parámetro que resume la actividad general del mercado accionario.

“En ese tenor, pues, resulta claro que la emisión y el propio Indice de Precios y Cotizaciones, no constituyen en ningún momento servicios de intermediación que pongan en contacto oferta y demanda de valores centralizando postura; la emisión del índice constituye simplemente una actividad auxiliar realizada por un particular para poder ofrecer un parámetro de la actividad del mercado bursátil, tan es así, que el IPC no es el único existente, es un índice más emitido por un particular para ofrecer una lectura del panorama bursátil”.

Así consta en la declaración de la juez, como en el amparo de Grupo Elektra, interpuesto por Angel Fabricio Escalante Sánchez, cuyas copias tiene Proceso.

El pasado 24 de junio el abogado Riquelme Rodríguez, en representación de la BMV, interpuso una ampliación de la demanda ante la Dirección General de Asuntos Especiales de la PGR argumentando que la juez “presumiblemente, ha compartido información confidencial vinculada directamente con los hechos que se investigan”.

“Por el orden cronológico en que se presentaron la declaración de Josefina Rosey González y la demanda de amparo de Elektra, puede inferirse una violación al deber de imparcialidad que debió guardar la indiciada.

“La Juez Sexto de lo Civil en el Distrito Federal, Josefina Rosey González, probablemente ha dirigido o aconsejado a una persona jurídica que litiga ante ella; es decir, ha aconsejado a Elektra o compartido información confidencial sobre argumentos relacionados con los hechos del juicio ordinario mercantil 786/2012 y los de la presente indagatoria, al tiempo que dicha sociedad es parte actora en el juicio ordinario mercantil 786/2012 que se sigue ante el órgano jurisdiccional a cargo de la indiciada”, afirma Riquelme Rodríguez en la ampliación de la demanda.

Por ley, Grupo Elektra no debe tener acceso a la demanda contra la juez y menos a la declaración de la misma en respuesta a la denuncia por “ventaja indebida”.
Leer primera parte aquí. 

La tienda ELEKTRA engaña con altos intereses CAT

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