¡¡Exijamos lo Imposible!!
Proceso
Boletas 2006: Proceso recurre a la ONU
El Estado mexicano no quiere dejar ni el polvo de lo que fue la
impugnada elección presidencial de Felipe Calderón. Ni una sola boleta
para la memoria. Nada, tal y como lo hizo en 1988 en la también
cuestionada elección de Carlos Salinas de Gortari. Más allá de las
razones del IFE, del Ejecutivo y del tribunal electoral (se trata de un
asunto exclusivo de los partidos), la decisión de no dejar acta ni papel
alguno para la historia ya rebasa el ámbito de la información y cae en
el afán inquisitorial contra los derechos civiles y políticos, en el
auto de fe. Aquí, los argumentos jurídicos que el director de Proceso
expuso el jueves 25 de octubre al Alto Comisionado de la ONU para los
Derechos Humanos a fin de que esta instancia le pida al Estado mexicano
detener la quema de la documentación derivada de los comicios
presidenciales de 2006.
MÉXICO, D.F. (proceso.com.mx).-
Ni la creación del Instituto Federal Electoral (IFE) ni del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ni el
resurgimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),
posteriores al fraude de 1988, han hecho posible el acceso a la
información sobre las elecciones en México.
No hay recurso legal
posible para garantizar ese ejercicio de información y transparencia. Y
así lo avaló, presionada, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) en noviembre pasado al desechar una demanda interpuesta por el
director de la revista Proceso, Rafael Rodríguez Castañeda, en contra del Estado mexicano.
Antes
de que el próximo 12 de noviembre inicie la destrucción de la memoria
electoral de la llegada de Calderón a Los Pinos, Rodríguez Castañeda
pidió al Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones
Unidas (ONU) que le requiera al Estado mexicano evitar la destrucción de
esos documentos de los comicios de 2006.
El jueves 25, el
director del semanario presentó a la Oficina del Alto Comisionado para
los Derechos Humanos de la ONU, con sede en Ginebra, Suiza, una
solicitud de medidas provisionales para evitar la destrucción ya
acordada por el IFE.
Apoyado en el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos y su protocolo facultativo, del que México es parte
sin reserva alguna desde el 15 de marzo de 2002, Rodríguez Castañeda
sostiene que, al destruir las boletas, el Estado mexicano viola diversas
disposiciones del Pacto Internacional relacionadas con la libertad de
información y las garantías judiciales.
Al mismo tiempo, en lo que representa el primer amparo colectivo en México para la conservación del material electoral, Proceso
presentó, junto con la firma Litiga, Organización de Litigio
Estratégico de Derechos Humanos, un recurso de protección judicial en
contra del acuerdo del IFE sobre la destrucción de la paquetería
electoral del proceso electoral 2005-2006. La demanda quedó radicada en
el juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa del
Distrito Federal.
“Tanto la petición a la ONU como la demanda de
amparo colectivo pretenden detener la destrucción de las boletas para
garantizar el derecho de acceso a la información en poder del Estado,
que tiene el carácter de pública”, explica Graciela Rodríguez Manzo,
presidenta de Litiga y abogada de Proceso ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
En
su escrito al Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Rodríguez
Castañeda le pide que requiera al Estado mexicano suspender la
destrucción de las boletas electorales de 2006 a través de medidas
provisionales y que lo declare “responsable internacionalmente” por la
violación de sus derechos protegidos en los artículos 2.2, 2.3 incisos a
y b, 14 y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
instrumento asumido por México.
Esos artículos se refieren,
respectivamente, al deber del Estado mexicano de adoptar disposiciones
de orden interno para garantizar los derechos humanos, al derecho a un
recurso judicial efectivo y el desarrollo de sus posibilidades, a las
garantías judiciales y al derecho de buscar, recibir y difundir
informaciones.
Rodríguez Castañeda pide también que la instancia
de la ONU recomiende al Estado mexicano la adopción de medidas,
incluidas las de carácter legislativo, para garantizar la plena vigencia
y el respeto a esos derechos, sobre todo en relación con el deber de
preservar en archivos públicos la información de interés público, como
son las boletas de una elección presidencial.
Además, solicita
acciones compensatorias para reparar las consecuencias de las
violaciones a esos derechos, medidas de satisfacción y, sobre todo,
garantías de que esas violaciones no se repetirán.
El director de Proceso
refiere a la ONU que la elección presidencial de 2006 se resolvió
oficialmente por una diferencia de 0.56% entre el primero y el segundo
lugar. De acuerdo con el TEPJF, Calderón obtuvo el 35.89% de los votos
(14 millones 916 mil 927), mientras que Andrés Manuel López Obrador, el
35.33% (14 millones 683 mil 96).
Aunque ese resultado quedó
incontrovertible, constitucional y legalmente, la revista intentó
acceder a la paquetería electoral de esa elección en un ejercicio de
transparencia y acceso a la información, pero ni el IFE ni el TEPJF ni
la SCJN lo permitieron. Argumentaron que no se trataba de un asunto de
acceso a la información, sino que era de índole electoral, que está
acotada sólo a los partidos políticos.
Esa negativa fue respaldada
por la CIDH, que en noviembre pasado rechazó la demanda de Rodríguez
Castañeda contra el Estado Mexicano y levantó las medidas cautelares que
había acordado en julio de 2008 para evitar la destrucción de la
papelería electoral.
La CIDH tardó más de tres años para
pronunciarse. Lo hizo en medio de un cambio de comisionados y con la
presencia de José de Jesús Orozco Henríquez, quien como magistrado
electoral integrante del TEPJF convalidó el triunfo de Calderón en
septiembre de 2006 y que posteriormente fue propuesto por el mismo como
comisionado del organismo interamericano.
Según la CIDH, el
demandante no demostró para qué quería tener acceso al material
electoral. Además, sin entrar al fondo de la demanda, estableció que no
se contaban con elementos que permitan caracterizar en primera instancia
una posible violación a los derechos amparados por la Convención
Americana de Derechos Humanos.
A partir de esa negativa, el pasado
3 de octubre el Consejo General del IFE acordó la destrucción de los 41
millones de paquetes electorales, cuya conservación ha costado 12
millones 842 mil 565 por año, según el acuerdo CG660/2012. A partir de
este acuerdo, adoptado con unanimidad por los nueve consejeros a partir
de lo establecido por el Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales (Cofipe), el IFE emitió los lineamientos para
la destrucción de la memoria electoral y fijó como plazo entre el 12 y
26 del próximo noviembre.
(Fragmento del reportaje que se publica esta semana en la revista Proceso 1878, ya en circulación)
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