Proyecta TEPJF no anular la elección presidencial
El mismo proyecto de la elección
presidencial plantea declarar infundados todos los agravios por la
izquierda y en estos momentos cada ministro procederá a exponer su
postura en lo particular.
Fabiola Martínez y Alonso Urrutia
México, DF. El proyecto de resolución del “juicio madre” de la elección presidencial propone declarar infundados todos los agravios planteados por la coalición Movimiento Progresista para solicitar la invalidez de los comicios presidenciales.
Tras la lectura de la amplia propuesta de resolución, los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) fijarán su postura y, posterior a ello, votarán el proyecto.
Al inicio de la sesión del TEPJF se puntualizaron los elementos legales necesarios para invalidar una elección, particularmente de la obligación de los demandantes de precisar los elementos de modo, tiempo y lugar de los hechos denunciados. Con base en ellos, adujo la comisión calificadora, autora del proyecto, el juzgador puede tomar una decisión.
Enseguida se detallaron los principales agravios esgrimidos por la coalición de partidos de izquierda que postuló a Andrés Manuel López Obrador.
1. Adquisición encubierta (de publicidad) en radio y de televisión. La coalición argumentó que el candidato presidencial priísta, Enrique Peña Nieto, acudió a este tipo de estrategia para posicionarse desde 2005, con miras a la contienda presidencial 2011-2012.
2. Lineamientos generales aplicados a los noticieros. La actora aduce que el Instituto Federal Electoral desatendió su obligación de vigilar el contenido de los mismos.
3. Resolución de las quejas promovidas en la Unidad de Fiscalización, en materia de rebase de topes de campaña. La coalición argumenta que la Unidad no detalla los trámites seguidos por esta Unidad.
4. Mayor tiempo de la coalición Compromiso por México (PRI-PVEM) en las pautas de transmisión de mensajes en radio y televisión de promocionales de los partidos políticos. El Movimiento Progresista dice que los mensajes del priísta fueron superiores en 3 a 1 respecto de su abanderado.
5. Adquisición encubierta en radio y televisión. Aquí, la coalición menciona a diversas empresas que supuestamente vendieron espacios al PRI, para la propaganda encubierta en Televisa, Radio Fórmula, Organización Editorial Mexicana, entre otras empresas.
En cuanto a los agravios aludidos por el candidato presidencial de la coalición de López Obrador, en el proyecto se propone declarar infundados porque lo aludido ya fue motivo de resolución del IFE y, al no haber sido impugnados, constituyen actos definitivos y firmes que no pueden ser nuevamente objeto de análisis.
Por lo que hace a los agravios de los noticiarios también se propuso declarar infundados porque los magistrados consideran que la autoridad electoral, IFE, sí cumplió con su responsabilidad en este tema.
Respecto de la supuesta falta de cobertura y falta de imparcialidad de Radio Fórmula igualmente desestimaron los agravios porque, en las pruebas entregadas por la coalición, no se actualizan los hechos denunciados.
De la propaganda diversa que difundieron mensajes de Peña Nieto el Tribunal propone que son prácticas propias de la libertad de expresión y la línea editorial.
También se declaró infundado lo relativo a la propaganda de Peña Nieto desde 2005, lo mismo de lo aludido del derecho de réplica “porque la coalición actora se limita a hacer una serie de afirmaciones dogmáticas”.
Uso indebido de encuestas como propaganda electoral
La coalición Movimiento Progresista alega que diversas empresas dieron un uso político de las encuestas, lo que generó falta de transparencia de quienes contrataron y qué intereses persiguieron. Afirma que desde el inicio de la campaña, diversas encuestadoras y medios de comunicación difundieron sondeos cuyas tendencias no fueron en el margen de los resultados de los cómputos distritales.
Lo anterior, según la coalición, evidencia un favoritismo a Peña Nieto, en detrimento de López Obrador.
Adicionalmente aduce que el hecho de que los resultados de algunas encuestas fueron utilizados en medios de comunicación, redunda en intereses contratados por la coalición PRI-PVEM, para generar la percepción del electorado que resultaba prácticamente imposible una contienda cerrada; es decir, las encuestas fueron utilizadas con tinte electoral, por lo tanto fuente de financiamiento ilegal.
Al respecto, la propuesta de la comisión calificadora de la elección presidencial es declarar también infundado este aspecto.
“No deben ser equiparados como predicciones; en el proyecto se estudia el marco de las encuestas y estudios de opinión… Quien pretenda cuestionar los actos de las encuestadoras tienen la carga de probar que existe una manipulación de los mismos”, advierte.
Por lo tanto –añade– no basta con decir que las encuestas manipularon la información para aseverar que éstas son ilegales.
El Tribunal precisó que tomó en cuenta los siguientes elementos: 6.62 por ciento; coalición MP alude a 11 estudios de opinión dados a conocer antes de las elecciones; en los últimos días de la campaña, los estudios de las encuestadoras no coincidieron con los resultados de los cómputos distritales pero sí en el orden de los contendientes: primero, segundo, tercer y cuarto lugares.
“Hechos insuficientes para suponer o asegurar que las encuestas fueron manipulados a favor del candidato del PRI o que las encuestadoras se apartaron sistemática y periódicamente (de los resultados)”, indicó.
La coalición MP argumentó, particularmente, que encuestadoras no cumplieron con la entrega de datos; esto también fue desechado en el proyecto porque se tomó en cuenta los informes que sobre el particular realizó el IFE.
Financiamiento encubierto
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