¡¡Exijamos lo Imposible!!
Por Esto!
¿Pueden los legisladores aprobar conforme a sus intereses?
Alvaro Cepeda Neri
Prólogo Político
Esta pregunta fue respondida hace casi dos siglos, pues si bien los
ciudadanos –“un hombre, un voto, un valor”– concurren a las urnas, con
mayor o menor libertad, para elegir a sus representantes, ciertamente
éstos no son mandatarios de los electores. Tanto los diputados que
aprueban leyes generales, reformas constitucionales, decretos,
reglamentos y otros asuntos, como cámara de origen para el Juicio
Político; como los Senadores, que representan a cada entidad de un
Estado Federal, una vez electos tienen la libertad política para decidir
legislativamente conforme a sus intereses, convicciones y compromisos
con sus partidos y máxime si de uno de estos se eligió a quien asume el
cargo presidencial, primer ministro y/o jefe de Gobierno. Diputados y
Senadores deberían obedecer durante su período de ejercicio legislativo,
sólo a los intereses de sus representados. Y no siempre es así; pues
según su leal entender, deciden unilateralmente o conforme a los
intereses convenidos en los Congresos o Parlamentos.
Desde la Roma imperial y luego republicana, existió el órgano del Senado
como única instancia, a veces defendiendo los intereses de lo que
llamaban la plebe, la masa; pero más comúnmente legislando a favor de
sus intereses personales, de grupo, de facción y hasta según sus
arreglos con el emperador, con lo que después fueron las monarquías o
con las monarquías constitucionales. También con los presidentes de los
Estados con democracia representativa, los primeros ministros o jefes de
gobierno. Esto en los Estados Federales, ya que en los Estados
Unitarios, los legisladores aprueban leyes que favorecen a las
oligarquías y al despotismo, a veces hasta de giros nepotistas. De aquí
que el clásico dijera que los ciudadanos solamente son libres el día de
las votaciones y “después permanecen encadenados” hasta que nuevamente
eligen a sus representantes, pero no en calidad de mandatarios, sino
independientes de la “voluntad general” ni de las minorías, dado que lo
que prevalece en la democracia representativa es lo que Tocquevielle
definió como “la dictadura de la mayoría”. Y más cuando ésta resulta de
alianzas entre facciones o partidos.
Ante la democracia representativa que circula allá arriba, a la
velocidad de los intereses de la élite gobernante, para hacer el buen o
el mal gobierno, no hay más que la democracia directa: la del pueblo en
su conjunto, para conforme a sus derechos, demandar peticiones por medio
de consultas populares, plebiscitos y referéndums. La democracia
directa es el contrapoder y contrapeso a la democracia representativa
ejerciendo los derechos a criticar, censurar a los funcionarios y
políticos, en vivo y en directo, en manifestaciones públicas. Las
constituciones como la nuestra, implantan ambas democracias como vasos
comunicantes, para que a través de ella los ciudadanos puedan plantear
peticiones, críticas o exigir consultas populares, para que los
diputados y senadores atiendan a sus representados.
cepedaneri@prodigy.net.mx
No hay comentarios:
Publicar un comentario