¡¡Exijamos lo Imposible!!
Contralínea
La Segunda Sala de la Corte pisoteó la Constitución
Álvaro Cepeda Neri *
“El reclamo político-jurídico de
garantías de la Constitución, es decir, de instituciones por medio de
las cuales se controla la constitucionalidad del comportamiento de
ciertos órganos del Estado inmediatamente subordinados a ella, como el
Parlamento o el Gobierno, responde al principio específico de la máxima
juridicidad de la función estatal, propia del Estado de Derecho”
Hans Kelsen: ¿Quién debe ser el defensor de la Constitución?
En el caso de los electricistas que
Felipe Calderón y su secuaz empleado Javier Lozano Alarcón (
dos nazis
que abusaron del poder)
dejaron en el desempleo, l
os integrantes de la
Primera Sala de la Suprema Corte de Injusticia de la Nación –
Margarita
Luna Ramos,
Alberto Pérez Dayán,
Fernando Franco y Sergio Valls–
resolvieron el reclamo laboral del Sindicato Mexicano de Electricistas
(
SME)
como propuso el ideólogo de Hitler y el nazismo,
partidario de la
autocracia y enemigo a muerte de la democracia y el republicanismo,
Carl
Schmitt (
Estudios sobre Carl Schmitt,
varios autores,
Siglo XXI,
España),
quien argumentaba que el defensor e intérprete de la
Constitución y único beneficiario debería ser,
en ese entonces,
el Führer Hitler o el Duce Mussolini.
Ahora,
pues,
la Primera Sala favoreció al borrachín Calderón y al lengua suelta y brabucón Lozano,
¡ahora senador,
al estilo de cuando Calígula hizo senador a su caballo!
Estúpidamente los cuatro ministros, jinetes del Apocalipsis
calderonista, pisotearon la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, precisamente unos días antes de su aniversario, cuando la
interpretaron anticonstitucionalmente y conforme a sus intereses. El
presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos en turno, al
jurar cumplir la Constitución y al nombrar a todos los funcionarios y
empleados de la administración pública federal centralizada y
paraestatal (la Compañía de Luz y Fuerza del Centro y la Comisión
Federal de Electricidad son instituciones paraestatales) se convierte en
el “patrón”, para efectos del Artículo 123 y de su reglamentación, la
Ley Federal del Trabajo.
El Artículo 90 constitucional
determina que un organismo descentralizado es parte del sistema
paraestatal. Y es la única interpretación que se debe dar. Los cuatro
ministros, que sólo actuaron como una Sala de la Corte y no como
tribunal constitucional, no son la última instancia. Y los electricistas
y sus abogados deben y pueden demandar que se constituya la Suprema
Corte de Justicia de la Nación como tal tribunal para conocer las
gravísimas violaciones a la Constitución por parte de Luna Ramos, Valls,
Franco y Pérez, quienes muy probablemente incurrieron en actos de
responsabilidades contempladas en la misma Constitución, y sean llevados
a juicio político y destituirlos.
Está claro, salvo para esos liliputienses
jueces, que el gobierno federal que encabezó el nefasto Calderón,
homicida de más de 100 mil mexicanos a causa de su “guerra” (ahora falta
que esos ministros digan que Calderón no fue el jefe del Ejército
Mexicano, la Armada y Fuerza Aérea, para que cometan otra estupidez),
fue el “patrón” de la Comisión Federal de Electricidad y, por tanto,
este organismo descentralizado es el patrón sustituto, conforme a la
resolución del amparo que se les concedió a los electricistas del SME.
Así llegaron a tal miseria en sus limitaciones político-jurídicas por
comportarse como nazifascistas al seguir las enseñanzas de Carl Schmitt.
De esta manera, esos jueces a favor de
Calderón y Lozano, han interrumpido la observancia constitucional
(Artículo 136 constitucional) sometidos a un gobierno contrario a los
principios que ella misma sanciona. Su alegato principal de que el
titular del Poder Ejecutivo federal no tenía una relación directa con
estos trabajadores y no estaban subordinados a Calderón es, más que una
estupidez, una barbarie de tipo nazifascista. ¿Qué querían estos cuatro?
¿Que los electricistas cobraran directamente en Los Pinos y que
diariamente Calderón les diera órdenes administrativas para brindar el
servicio eléctrico, instalar medidores, cortar el servicio, etcétera? La
verdad es que esos ministros se pasaron de listos, de cómplices y de
enemigos de los trabajadores.
Ninguno de los cuatro nazifascistas,
mucho menos con rigor constitucional, leyeron el Título Tercero,
Capítulo III “Del Poder Ejecutivo”, sobre sus funciones, facultades y
obligaciones, expuestas claramente del Artículo 80 al 93 de la Carta
Magna, donde se establece que toda la administración pública y
paraestatal depende del presidente, que entonces era Calderón y,
legalmente, para efectos laborales, el “patrón”, a través de todos los
órganos. Desconocer esto es asnería, una sandez y una burrada. Los
cuatro han incurrido en graves responsabilidades. Una de éstas fue
violar la Constitución en los artículos mencionados sobre la
administración pública federal; conculcó los derechos laborales y el
derecho al empleo a los trabajadores al suprimir el Artículo 123 y la
Ley Federal del Trabajo; y dejó sin derechos humanos a quienes
solicitaron ingresar a la Comisión Federal de Electricidad, como
“patrón” sustituto. Calderón nombró al director general de la Comisión
Federal de Electricidad y al director de la extinta Luz y Fuerza del
Centro.
No hay más que la Suprema Corte de
Justicia de la Nación se constituya en tribunal constitucional para
conocer estas violaciones a la Constitución por parte de esos cuatro
ministros que la pisotearon, como su contrahomenaje nazifascista.
*Periodista
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