¡¡Exijamos lo Imposible!!
Aplicó el Tribunal Colegiado 30 pruebas contra Cassez que sólo eran atribuibles a Israel Vallarta
Daniel Blancas Madrigal
El Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, la
última instancia judicial que abordó el caso Florence Cassez y que negó
el amparo, aplicó en contra de la francesa 30 pruebas que sólo eran
atribuibles a Israel Vallarta Cisneros, acusó el ministro de la SCJN,
Arturo Zaldívar. Algunas de estas evidencias están relacionadas con un
primer secuestro consumado el 31 de agosto de 2005, y denunciado ante la
PGR el 2 de septiembre siguiente, cuando Cassez ni siquiera estaba en
el país. Ese plagio fue el de una colegiala retenida camino a la
preparatoria… El 5 de septiembre, después de realizarse el pago del
rescate, la dejaron libre y una semana después se presentó a declarar
ante el MP, con lo que se logró identificar el automóvil en el que fue
secuestrada, el mismo que llevó a las autoridades al rancho Las
Chinitas, donde el 9 de diciembre de ese mismo año se fraguó el montaje
televisivo. “En la sentencia del Tribunal Colegiado existen otras
pruebas que fueron valoradas. Sin embargo, éstas se referían únicamente a
cuestiones relacionadas con el otro individuo detenido: Israel
Vallarta”, señaló el ministro. De acuerdo con los elementos contenidos
en el expediente de esa primera investigación, no se desprende indicio
alguno que conduzca a Florence. El Tribunal Colegiado, cuyo trabajo es
reprochado por Zaldívar, estaba conformado por los magistrados Ricardo
Ojeda Bohórquez, Manuel Bárcena Villanueva y Carlos Hugo Luna Ramos,
hermano de la también ministra de la Suprema Corte, Margarita Luna
Ramos. ELEMENTOS. Entre las 30 pruebas ligadas de manera directa con
Vallarta —supuesto jefe de la banda Los Zodiaco— y que fueron
adjudicadas de manera errónea a Cassez están los informes rendidos por
la agente Catalina Jessica Murgui Hernández, en relación con el plagio
de la primera denunciante; la declaración ministerial y ampliación de
quien pagó el rescate; los testimonios de la propia víctima y de su
madre; los reportes de los AFI´s, José Luis Escalona Aldama, José Aburto
Pasos e Israel Zaragoza Rico; la declaración de Vallarta en la que se
refiere a los otros miembros de la banda, pero no cita a la francesa; un
dictamen pericial en materia de audio y video de Vallarta y dictámenes
periciales en materia de balística en los que se relata que las armas
encontradas son de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. También la
declaración de la dueña de Las Chinitas, quien ofreció detalles sobre el
contrato de arrendamiento con Israel; la inspección ministerial a una
camioneta Express Van y a un automóvil Volvo S40 identificado por la
primera secuestrada; el parte informativo y ratificación sobre la
denuncia del secuestro de Ezequiel Elizalde, rescatado para la
televisión aquel diciembre de 2005; las declaraciones ministeriales de
un empleado del billar donde Ezequiel trabajaba, de su esposa, de su
hermano, de su madre y de su padre, en las que se entregaron grabaciones
de llamadas telefónicas con los plagiarios y sólo se reconoce la voz de
Israel. Otras de las evidencias ajenas a Cassez, pero que sin embargo
el Tribunal le aplicó, son un cateo a una casa de seguridad de
Xochimilco, que resultó ser inmueble de Guadalupe Vallarta, hermana de
Israel, y el parte informativo de la diligencia realizada por AFI´s en
un barrio de Xochimilco.
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