Es motivo de orgullo que, a pesar de que han querido destruirnos, no lo han logrado ni lo lograrán. No sólo porque tenemos autoridad moral, sino porque las mujeres y los hombres que participamos en esta lucha, profesamos un profundo amor por nuestros semejantes y, más allá de alevosías y frente a todo tipo de adversidades, mantenemos la firme convicción de construir una sociedad más justa, más humana y más igualitaria
Es motivo de orgullo que, a pesar de que han querido destruirnos, no lo han logrado ni lo lograrán. No sólo porque tenemos autoridad moral, sino porque las mujeres y los hombres que participamos en esta lucha, profesamos un profundo amor por nuestros semejantes y, más allá de alevosías y frente a todo tipo de adversidades, mantenemos la firme convicción de construir una sociedad más justa, más humana y más igualitaria
martes, 27 de enero de 2009
Ampara Juez a Guadalupe Yesenia Valdéz Flores
Concede juez amparo a abogada de Antorcha Campesina en Querétaro
Querétaro, 27 Ene (Notimex).- La organización Antorcha Campesina informó que el Juez Tercero de Distrito en el estado, Gerardo Martínez Carrillo, concedió el amparo a la abogada de esta agrupación, presa en el penal de San José El Alto.
A través de un comunicado, Antorcha Campesina difundió un amparo a favor de Guadalupe Yesenia Valdez Flores, acusada de sabotaje al participar con otros 14 compañeros en la toma del pozo de la comunidad La Piedad, municipio de El Marqués.
El juez consideró que no hubo bastantes elementos para dictarle al auto de formal prisión, ni de forma ni de fondo, para acreditar el cuerpo de delito y la probable responsabilidad de la procesada en el delito de sabotaje.
De acuerdo con el comunicado, la abogada defensora Yesenia Vargas Peña recibió la comunicación del Juez Tercero de Distrito que resolvió el Amparo número 1816/08 a favor de Valdez Flores.
Valdez Flores fue detenida e ingresada desde el 21 de diciembre en el Centro de Readaptación Social (Cereso) femenil de San José El Alto, acusada del delito de sabotaje.
Agregó que en el amparo el juez resolvió que no se acreditó el delito de sabotaje, porque era necesario un elemento subjetivo consistente en la finalidad de trastornar gravemente la vida económica y cultural del estado y los municipios.
"Por lo que aún cuando se hubiera entorpecido un servicio público no se acredita el elemento subjetivo del delito por lo que la conducta exteriorizada no se encuadra al tipo penal de sabotaje", señaló el comunicado.
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