Homozapping
Los derechos de las audiencias
(Primera parte)
Jenatro Villamil
“México es un país de una clase modesta muy jodida, que no va a salir de jodida. Para la televisión es una obligación llevar diversión a esa gente y sacarla de su triste realidad y de su futuro difícil”.
Así habló, hace 20 años exactamente, Emilio Azcárraga Milmo, El Tigre, para
presumir y explicar por qué el éxito de los contenidos de Televisa y,
en especial, de sus telenovelas. Fue el 10 de febrero de 1993.
Dos décadas
después, hay otra televisora comercial que surgió de la privatización
de Imevisión. Existen plataformas de contenidos de televisión
restringida, pero la visión de las audiencias como una “clase modesta
muy jodida” no se ha modificado. Por el contrario, ha proliferado.
La oferta de programación de TV Azteca
no mejoró los contenidos. Por el contrario, agudizó la baja calidad. Hay
ahora más y peores géneros que confunden realidad con ficción. Hay más
publicidad engañosa. Hay más mercantilización excesiva. Tan sólo un
estudio reciente revela que los niños mexicanos están expuestos al año a
más de 12 mil horas de publicidad de productos chatarra. Y la obesidad y
mala alimentación entre los menores de 10 años se ha disparado.
En otras palabras, la competencia no
garantiza por sí sola el respeto a las audiencias y el mejoramiento de
un servicio público concesionado como es el de la televisión, el medio
que seguirá siendo el de mayor influencia por su penetración (el canal 2
de Televisa llega al 95 por ciento de los hogares), por su
accesibilidad (el 99 por ciento de los hogares cuenta con una
televisión) y por una arraigada costumbre social.
Razones para Incorporarlas
El hijo de Azcárraga Milmo, Emilio
Azcárraga Jean, y su actual socio en Iusacell, Ricardo Salinas Pliego
han justificado una y otra vez que los contenidos televisivos sólo
espantan a los académicos y a quienes quieren ver cosas aburridas. Se
justifican diciendo que mantienen esa programación porque tiene altos
índices de audiencia, es decir, rating.
A nombre del rating se comente las peores masacres en materia de creatividad, comunicación, entretenimiento, información y publicidad.
El rating es la moneda de cambio
en el banco de los medios de comunicación privado. Su referente es el
modelo de una televisión comercial que heredamos de Estados Unidos. La
diferencia es que la dictadura del rating sumado al duopolio televisivo se convierte en una tiranía.
En México el rating ha sido sacralizado para evadir el derecho de las audiencias.
Las audiencias no solamente son el público televidente. Las audiencias también auditan, es decir, escrutan, analizan y desean participar en los contenidos de los medios.
La importancia de incorporar los
derechos de las audiencias en la reforma al artículo 6º. Constitucional
en la actual reforma a las telecomunicaciones y a la radiodifusión no
es retórico. No es un simple enunciado. Tampoco un capricho.
Una reforma como ésta –quizá la más
ambiciosa en la historia reciente del sector- ha minimizado el papel de
quienes forman parte esencial en el proceso de la comunicación: los
propios receptores.
No hay medios ni comunicación ni
tecnologías de la información sin audiencias. ¿Por qué escatimar
entonces sus derechos? ¿Por qué si en el artículo octavo transitorio que
aprobó la Cámara de Diputados se agregó el término “audiencia” para
considerar a un agente económico preponderante en ambos sectores no se
reconocen los derechos de las mismas en el artículo 6 constitucional?
¿Por qué si en uno de los borradores de
la iniciativa que redactó el Consejo Rector del Pacto por México se
incluía la frase “El Estado garantizará los derechos de las audiencias y
establecerá las condiciones que deben regir la contratación de los servicios ofrecidos por los concesionarios” ésta se borró y ya no se incluyó?
Garantizar los derechos de las
audiencias es la clave para impedir los monopolios de la opinión
pública, que son distintos a los monopolios económicos. Esta distinción
no está en la iniciativa de reforma constitucional.
Por el contrario, la iniciativa
presentada por el senador Luis Sánchez, para reformar el artículo 6
constitucional sí establece un criterio para definir el espacio de la
opinión pública como aquel “donde se genera, difunde, divulga y propaga
en la vida social de la Nación o en los medios de comunicación social
tales como periódicos, revistas, radio, televisión, internet y cualquier
otro que tenga por objeto comunicar”.
Garantizar la diversidad y pluralidad de la opinión pública es la esencia del derecho de las audiencias. No basta fragmentar y eliminar los monopolios económicos para desaparecer los monopolios de la opinión pública. El gran riesgo es que tengamos muchas plataformas de comunicación, más cadenas de televisión, pero una mayor uniformidad y peor calidad en los contenidos.
En el memorándum enviado por el senador
Javier Corral a la Cámara de Diputados también se estableció que “es
fundamental incluir como base constitucional el derecho de las
audiencias que garantice por un lado la existencia de medios
alternativos para ejercer de forma efectiva el derecho a la información,
y por otro evitar actos contrarios al libre ejercicio de la
comunicación, por ejemplo, el caso de Carmen Aristegui, donde la línea
editorial de la periodista fue el factor determinante para su despido,
aún cuando los altos niveles de audiencia no justificaban su salida,
dejando al público sin el espacio para informarse”.
Y recientemente hay otro caso: el programa Religiones,
en Grupo Radio Centro, conducido por Bernardo Barranco, fue cancelado
por la familia Aguirre justificando razones de supuesta exclusividad,
ignorando a las propias audiencias a las minorías religiosas que se
expresaban en este espacio.
Como estos dos ejemplos hay decenas que
ocurren todo el tiempo en la televisión y en la radio y los
concesionarios simplemente no toman en cuenta a las audiencias.
Continúa mañana.
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